Miden el máximo de potencia consumida en periodos de 15 minutos para todo el periodo de facturación, se pueden producir varios casos:
- Maxímetro inferior al 85% de la potencia contratada: se factura el 85% de la potencia contratada.
- Maxímetro entre el 85% y el 105% de la potencia contratada, se facturará la potencia efectivamente consumida.
- Maxímetro por encima de 105% de la potencia contratada se facturará la potencia efectivamente consumida + una penalización de 2 veces el exceso de potencia entendido como la efectivamente consumida – 105% de la potencia. Es lo que se denominan “excesos” de potencia.
Debe indicarse para cada periodo las potencias consumidas siempre para tarifas superiores a 3.0A, es lo que define el importe de kW a facturar por potencia.